Ciudad de México a 5 de septiembre de 2022.
PRONUNCIAMIENTO DE LA FEDERACIÓN MEXICANA DE ORGANISMOS
PÚBLICOS DE DERECHOS HUMANOS CON MOTIVO DE LA APROBACIÓN EN LA
CÁMARA DE DIPUTADOS DE DIVERSAS DISPOSICIONES QUE CONSOLIDAN
PERMANENTEMENTE A LA GUARDIA NACIONAL BAJO CONTROL MILITAR EN
FUNCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA
La Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos (FMOPDH) ha venido pronunciándose respecto a la necesidad de considerar con seriedad los elementos que conforman un modelo de seguridad ciudadana desde el enfoque de derechos humanos. Lo anterior resulta relevante en el contexto de la reciente aprobación en Cámara de Diputados de la Iniciativa por la que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de la Guardia Nacional, la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos que tiene por objetivo incorporar el control operativo y administrativo de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA). Los riesgos de esta medida han sido advertidos por organismos internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México (OACNUDH). De manera particular, la CIDH reiteró a nuestro país sus
compromisos internacionales y destacó los estándares interamericanos relacionados con el orden público interno y la seguridad ciudadana para señalar que el sentido de las modificaciones legislativas antes referidas avanzaba hacia una ruta opuesta. Ante la consecuente remisión al Senado de la República de la iniciativa votada, la FMOPDH manifiesta su preocupación por los impactos que tendrán las modificaciones legislativas en la esfera de derechos de las personas y comunidades derivados de la ruptura de la cadena de mando civil de la Guardia Nacional para sujetarla al mando militar a cargo de la SEDENA, la ampliación de facultades de esa institución para la investigación e inteligencia, así como la extensión de los alcances del fuero militar, figura fuertemente combatida en nuestro país por favorecer las violaciones graves a derechos humanos contra la población civil. A ello se suma la ausencia de alguna figura de supervisión externa para asegurar la transparencia y rendición de cuentas en las acciones que emprenda la Guardia Nacional, especialmente las que involucran el uso de la fuerza en cualquiera de los niveles contemplados por la Ley Nacional de Uso de la Fuerza. Por lo anterior, los organismos públicos que integran la Federación observamos importantes retos para el trabajo legislativo que continuará en la Cámara Revisora, y reiteramos la necesidad de considerar la relevancia de contar con un control civil y ciudadano de la seguridad pública que garantice la participación extraordinaria, subordinada, complementaria, regulada y transparente de la Guardia Nacional en las labores de seguridad pública y así disminuir la probabilidad de que se cometan violaciones a derechos humanos que ya han expuesto la responsabilidad internacional del Estado mexicano. A la par, es preciso insistir en que, de consolidarse la delegación de la seguridad pública del país a las Fuerzas Armadas, se reduciría el margen de acción que actualmente tienen dichos organismos públicos de protección de derechos humanos en las entidades federativas para atender la conflictividad social que deriva de las funciones de seguridad pública en el territorio, en detrimento de la ciudadanía. Esto es así puesto que, en la actualidad, uno de los mayores porcentajes de
las quejas presentadas ante los organismos locales que conforman el Sistema No Jurisdiccional de Protección de Derechos Humanos en el país atiende a la violación de derechos humanos cometidas en el contexto del desarrollo de la función de seguridad pública y ciudadana, por lo que la falta de competencia de los organismos públicos locales de derechos humanos en relación con la Guardia Nacional generará un vacío en la atención de las víctimas. Sumado a ello, preocupa el hecho de que la iniciativa aprobada omita el necesario debate respecto a los impactos que tienen las reformas, y que deberían de tener, en legislaciones secundarias como la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geografía para la generación de información clara en el subsistema de seguridad pública, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la Ley Nacional del Uso de la Fuerza, la Ley Nacional del Registro de Detenciones, la Ley General de Víctimas y la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, en particular por el reciente criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que ordena el liderazgo de la Comisión Nacional de Búsqueda en la coordinación de las autoridades –incluida la Guardia Nacional y el Ejército- para la ejecución del plan de búsqueda de personas. La Federación reitera su compromiso con la paz, la defensa, garantía, protección y promoción de los derechos humanos de la población y hace un llamado al Senado para legislar con apego al mandato del bloque de constitucionalidad de nuestro país que implicaría recuperar el espíritu del Artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), mismo que es claro en establecer el carácter civil de la Guardia Nacional como institución de seguridad pública.
Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos:
● Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes
● Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Baja California
● Comisión Estatal de Derechos Humanos de Baja California Sur
● Comisión de Derechos Humanos del Estado de Campeche
● Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Chihuahua
● Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México
● Comisión de Derechos Humanos del Estado de Colima
● Comisión Estatal de Derechos Humanos de Durango
● Comisión de Derechos Humanos del Estado de México
● Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Guerrero
● Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo
● Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco
● Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Michoacán
● Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos
● Comisión de Defensa de los Derechos Humanos para el Estado de Nayarit
● Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León
● Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca
● Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla
● Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro
● Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Quintana Roo
● Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí
● Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Sinaloa
● Comisión Estatal de Derechos Humanos de Sonora
● Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Tabasco
● Comisión de Derechos Humanos del Estado de Tamaulipas
● Comisión Estatal de Derechos Humanos de Tlaxcala
● Comisión Estatal de Derechos Humanos de Veracruz
● Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán
● Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas
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